Tolerancia cero ante cualquier forma de corrupción.
Class2Class la corrupción como el abuso del poder confiado para obtener beneficios personales. La política anticorrupción promueve unas prácticas justas, transparentes y responsables en materia de contratación, adquisiciones, colaboraciones y toma de decisiones organizativas.
Prohibición de conflictos de intereses y soborno
Los conflictos de intereses, el soborno, la extorsión, el fraude y la malversación de fondos constituyen usos inaceptables del poder que se nos ha confiado. No hay umbral de minimis ni excepción por justificación comercial.
Contratación y contratación pública justas
Se rechaza el nepotismo y el favoritismo, dando prioridad a las decisiones basadas en el mérito y a la igualdad de trato. Las adquisiciones superiores a 10 000 € se someten a licitación; los proveedores por un importe superior a 10 000 € son sometidos a un proceso completo de diligencia debida.
Transparencia y presentación de informes
Los presuntos casos de corrupción deben darse a conocer y tratarse de forma transparente, en lugar de ocultarse o tolerarse. Las medidas de protección contra las represalias amparan a todas las personas que denuncien de buena fe.
Diligencia debida de los donantes
Los donantes que aportan más de 10 000 € al año, las fundaciones, las empresas y los organismos públicos son sometidos a un proceso de verificación de identidad, sanciones y adecuación a nuestra misión. Los países con alto riesgo de corrupción (CPI) se clasifican en un nivel adicional.
Dieciséis apartados que abarcan el régimen anticorrupción en su totalidad.
Haz clic en cualquier sección para ir directamente a ella en el documento que aparece a continuación.
Política Class2Class .
Versión 1.0 · En vigor a partir del 30 de abril de 2026 · Próxima revisión antes del 30 de abril de 2027.
Objetivo
Class2Class una plataforma internacional que conecta a aulas, socios y entidades financiadoras de más de 160 países. La confianza es la base de todas nuestras relaciones: con los niños a los que prestamos servicio, con los profesores y los centros educativos que utilizan la plataforma, con los donantes y socios que respaldan nuestra misión, y con las autoridades reguladoras que supervisan nuestro trabajo.
Esta política define qué se entiende por corrupción en Class2Class, qué es lo que no haremos, qué medidas tomaremos si sospechamos de un caso de corrupción y cómo rendiremos cuentas. Pone en práctica el compromiso público que figura en esta página y proporciona el respaldo institucional al Código de Conducta y al Procedimiento de gestión de denuncias y protección de denunciantes.
Class2Class una política de tolerancia cero con respecto a la corrupción en todas sus formas.
Nuestro compromiso
Class2Class a:
- Una toma de decisiones justa, transparente y responsable en materia de contratación, adquisiciones, colaboraciones y gestión de programas
- Rechazo de beneficios ilícitos: no ofrecer ni aceptar ningún beneficio que tenga por objeto influir indebidamente en una decisión, o que pueda percibirse razonablemente como tal
- Declaración de intereses: se declara cualquier conflicto de intereses; no se toma ninguna decisión en presencia de un conflicto no declarado
- Selección basada en los méritos: todas las decisiones de contratación, de adquisición y de colaboración se toman en función de los méritos, según criterios transparentes
- Cooperación con las autoridades — Class2Class con las autoridades danesas, de la UE y otras autoridades competentes que investigan casos de corrupción, dentro de los límites establecidos en el capítulo V del RGPD y en la legislación danesa
- Protección de los denunciantes: cualquier persona que denuncie de buena fe un presunto caso de corrupción estará protegida frente a represalias, de conformidad con la Directiva de la UE sobre los denunciantes y el Procedimiento de gestión de denuncias y protección de los denunciantes
Marco normativo
| Fuente | Qué espera |
|---|---|
| Código Penal danés, capítulos 17 y 28 (incluidos el artículo 144, «aceptación de soborno», y el artículo 299, «soborno en la empresa privada») | Tipos mínimos en materia penal para los delitos de soborno (público y privado), fraude y malversación |
| Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (UNCAC, 2003) | Marco internacional para la prevención, la tipificación como delito y la recuperación de activos de la corrupción |
| Convenio de la OCDE contra el soborno | El soborno de funcionarios públicos extranjeros en el comercio internacional |
| Directiva de la UE sobre los denunciantes (2019/1937) | Canales operativos para la denuncia; protección de los denunciantes frente a represalias |
| Directiva (UE) 2017/1371 (PIF — Fraude contra los intereses financieros de la UE) | En qué ámbitos Class2Class financiación de la UE |
| Artículos 5, 6 y 33 del RGPD | Tratamiento lícito de datos personales en el marco de la diligencia debida en materia de lucha contra la corrupción |
| Ley contra el soborno del Reino Unido de 2010 | Cuando Class2Class con socios o financiadores con sede en el Reino Unido |
| Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero de EE. UU. | Cuando Class2Class con socios o financiadores con sede en Estados Unidos |
Esta política toma como mínimo los criterios penales mencionados anteriormente y aplica criterios institucionales más estrictos cuando procede.
Ámbito de aplicación: a quién y a qué se aplica
Esta política se aplica a todas las personas que actúen en nombre de Class2Class, independientemente de su situación contractual:
- Empleados de Class2Class
- Miembros del consejo y asesores
- Voluntarios, becarios y becarios de investigación
- Consultores y contratistas contratados para realizar trabajos para Class2Class
- Coordinadores nacionales y representantes regionales
- Los socios —centros educativos, ONG y otras entidades— cuando actúan en nombre Class2Class
- Proveedores — en la medida en que esta política se incorpore al contrato con el proveedor
Todas las personas mencionadas anteriormente aceptan esta política por escrito antes de iniciar su colaboración, mediante la firma de la declaración de «Compromiso con la protección». La declaración firmada se renueva anualmente.
La política se aplica tanto a la conducta durante el horario laboral como a la conducta fuera de él Class2Class siempre que dicha conducta esté relacionada con Class2Class o con la representación de Class2Class de conformidad con el artículo 3 del Código de Conducta (aplicabilidad las 24 horas del día).
Definiciones
El glosario completo se encuentra en el documento institucional. Dos conceptos clave:
Corrupción: el abuso del poder confiado para obtener beneficios personales, ya sea por acción u omisión. En consonancia con la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (UNCAC) y el Código Penal danés.
Soborno: ofrecer, entregar, solicitar o recibir cualquier objeto de valor con el fin de influir en la decisión o actuación de una persona que ocupe un cargo de poder o de confianza. Puede ser activo (ofrecer o entregar) o pasivo (recibir o solicitar).
Otros conceptos definidos incluyen el soborno de funcionarios públicos (que se castiga con la máxima severidad), el soborno en el sector privado (artículo 299 del Código Penal danés), los pagos de facilitación (prohibidos incluso cuando lo permita la costumbre local), la extorsión, el fraude, la malversación, el favoritismo o nepotismo, el conflicto de intereses, los obsequios, la hospitalidad, los donantes y los titulares reales.
Conductas prohibidas
Las siguientes prácticas están totalmente prohibidas. No existe ningún umbral de minimis ni ninguna excepción por motivos comerciales.
6.1 Soborno
Prohibido terminantemente
- Ofrecer, entregar, solicitar o aceptar cualquier soborno, ya sea en efectivo, en especie o de cualquier otra forma
- Pagar o aceptar un soborno, independientemente de las costumbres locales
- Autorizar, tolerar o ignorar a sabiendas actos de soborno por parte de un agente, socio o proveedor que actúe en nombre Class2Class
- Recurrir a un tercero (consultor, agente, socio) para hacer de forma indirecta lo que esta política prohíbe Class2Class hacer directamente
6.2 Fraude y malversación
Prohibido terminantemente
- Presentar una declaración de gastos falsa, una factura falsa, un registro de horas falsificado o un trabajo entregado falsificado
- Falsificar las cualificaciones, las referencias u otros datos relevantes en el momento de la contratación o la designación
- Falsificar informes destinados a donantes, financiadores, organismos reguladores o socios
- Malversación de Class2Class , propiedad intelectual, equipos o cualquier otro activo Class2Class
6.3 Extorsión
Prohibido terminantemente
- Exigir cualquier beneficio mediante amenazas, coacción o abuso de autoridad —incluida la autoridad Class2Class o la autoridad de una contraparte utilizada en contra Class2Class
6.4 Favoritismo, nepotismo y conflictos de intereses no revelados
Prohibido terminantemente
- Conceder un puesto de trabajo, un contrato, una asociación o una oportunidad basándose en las relaciones personales en lugar de en los méritos
- Participar en una Class2Class en una situación de conflicto de intereses no revelado
- Ocultar una relación, un interés económico u otra circunstancia que dé lugar a un conflicto
6.5 Abuso de poder
Prohibido terminantemente
- Utilizar un Class2Class , un activo, un sistema o una relación Class2Class para obtener un beneficio personal o en beneficio de una persona vinculada
- Utilizar Class2Class confidencial Class2Class —incluidos los registros sobre la protección de menores, los datos personales o la información comercial— para cualquier fin distinto del trabajo para el que se facilitó dicha información
6.6 Represalias
Prohibido terminantemente
- Tomar represalias, en cualquier forma, contra cualquier persona que comunique una inquietud de buena fe en virtud de esta política. Las represalias constituyen en sí mismas un incumplimiento grave y son motivo de despido o de rescisión de la relación de socio.
Conflictos de intereses
Los conflictos de intereses no constituyen, por sí mismos, una conducta indebida. Sin embargo, los conflictos no revelados sí lo son.
7.1 Obligación de información
Toda persona a la que se aplique esta política deberá comunicar por escrito cualquier conflicto de intereses real, potencial o aparente:
- En el momento de la contratación — como parte de la declaración de compromiso con la protección
- En caso de cambio: tan pronto como sea razonablemente posible tras el surgimiento de un nuevo conflicto
- Cada año — con motivo de la renovación anual de la declaración
- Antes de cualquier decisión en la que la persona participe y en la que el conflicto sea relevante para dicha decisión
La notificación se remitirá al responsable de protección de datos (RPD), en su calidad de titular del registro central, con copia al director general. Cuando la notificación se refiera al RPD o al director general, se seguirá el procedimiento alternativo previsto en el apartado 7.4.
7.2 Ejemplos de conflictos que deben comunicarse
A título ilustrativo, sin pretender ser exhaustivo:
- Un familiar, pareja o amigo cercano trabaja para un Class2Class , socio o financiador Class2Class , es propietario del mismo o ejerce control sobre él
- Un representante es un miembro, un director o un asesor remunerado de una organización asociada
- Un representante tiene intereses económicos (acciones, opciones, servicios de consultoría remunerados) en cualquier entidad que mantenga relaciones comerciales con Class2Class
- Un representante participa en una decisión de contratación que afecta a un familiar, una pareja o una persona de su entorno cercano
- Un representante ha aceptado un obsequio o un gesto de hospitalidad de una contraparte por un importe superior al límite establecido en el artículo 8
- Un representante mantiene una relación sentimental, sexual o de gran intimidad con otro representante, en la que uno de ellos ejerce autoridad jerárquica sobre el otro
- Un representante participa en una decisión de contratación pública relativa a un proveedor para el que ha trabajado anteriormente o con el que ha colaborado
- Un representante ocupa simultáneamente un cargo en una organización competidora o con la que existe un conflicto
7.3 Recusación y gestión
| Decisión | Cuando |
|---|---|
| No es necesario tomar ninguna medida adicional | El conflicto es meramente teórico y no tiene relevancia para ninguna decisión actual |
| Recusación respecto a la decisión concreta | El conflicto es relevante para una decisión concreta; la persona en conflicto no participa en dicha decisión y esta es revisada por un responsable que no se vea afectado por el conflicto |
| Función reestructurada | El conflicto es recurrente y estructural; se reajustan los roles para que el conflicto no se repita una y otra vez |
| Cese en el cargo o en la sociedad | El conflicto es estructural e incompatible con el cargo |
7.4 Cuando el responsable de la protección de datos o el director general sea la persona en situación de conflicto
Si el responsable de protección de datos (DPO) se encuentra en una situación de conflicto de intereses, deberá comunicar la información al director general. Si el director general se encuentra en una situación de conflicto de intereses, deberá comunicar la información al revisor independiente a través de class2class. Si ambos se encuentran en una situación de conflicto de intereses, deberán comunicar la información al Consejo de Administración o a la persona de contacto designada para la supervisión independiente.
Regalos y atenciones
8.1 Principios
Los obsequios y las atenciones forman parte de la vida profesional habitual. Se convierten en un riesgo de corrupción cuando tienen por objeto influir en una Class2Class , o cuando razonablemente se pueda percibir que lo hacen. Los principios:
- La transparencia por encima de la discreción: la discreción declarada, moderada y poco frecuente es aceptable; la encubierta, no
- Proporcional y razonable: un valor que un observador razonable consideraría como una simple cortesía profesional
- Nunca dinero en efectivo ni equivalentes al efectivo: ni dinero, ni vales, ni tarjetas regalo, ni nada que se pueda convertir directamente en dinero
- Nunca en el momento de tomar una decisión: no se aceptarán regalos ni atenciones de una contraparte en el periodo previo, durante o inmediatamente posterior a Class2Class una decisión Class2Class respecto a dicha contraparte
- Recíproco y contextual: cenar con un compañero durante una visita de trabajo es algo normal; un viaje de fin de semana de lujo, no
- Contexto cultural, no excepción: las costumbres locales no permiten lo que esta política prohíbe
8.2 Umbral
por cada ocasión · un máximo de dos veces al año por parte de la misma contraparte · siempre se debe anotar en el registro de obsequios
Por debajo del umbral de 50 €, y siempre que no se reciban más de dos veces al año de la misma contraparte, los obsequios pueden aceptarse sin autorización previa, pero deben registrarse. Por encima de dicho umbral, se requiere la autorización previa del responsable de protección de datos o del director general, y el obsequio debe registrarse independientemente del resultado de dicha autorización.
Los regalos que superen el límite establecido pero que se hayan enviado sin haber sido solicitados se devuelven cortésmente, acompañados de una breve nota en la que se explica esta política. Cuando la devolución no sea viable, el destinatario anota el regalo en el registro y dona el valor equivalente a una causa benéfica ajena a Class2Class.
8.3 Regalos a funcionarios públicos
Queda terminantemente prohibido ofrecer regalos o atenciones a funcionarios públicos en nombre de Class2Class. La única excepción son las atenciones de valor simbólico (refrescos, comidas de trabajo durante una reunión que, en sí misma, constituya un acto oficial habitual), siempre que se declaren y registren.
Contratación justa
Las decisiones de contratación se basan en los méritos y siguen un proceso documentado.
9.1 Principios
- Abierto a candidatos cualificados: los puestos se publican a través de los canales adecuados para cada función; no se contratará a nadie «por recomendación personal» para ningún puesto asalariado.
- Criterios objetivos: los criterios se establecen por escrito antes de evaluar a los candidatos
- Paneles diversos siempre que sea posible: al menos dos entrevistadores, a ser posible incluyendo a alguien ajeno al equipo inmediato
- Igualdad de trato: no se concederá ningún trato preferencial por motivos de parentesco, amistad, país de origen, género, religión o cualquier otro motivo que no esté permitido por la legislación danesa y de la UE en materia de no discriminación
- Decisión documentada: se registra el razonamiento en el que se basa cada decisión de contratación y se conserva durante el plazo exigido por la ley
9.2 Conflictos en la contratación
Un representante que participe en una decisión de contratación relativa a un familiar, pareja o persona de su entorno cercano deberá comunicar dicho conflicto antes de que comience el proceso (conforme al apartado 7.1) y abstenerse de participar en la decisión.
9.3 Referencias
La verificación de referencias forma parte de todo proceso de contratación de personal asalariado y de todo contrato a largo plazo. Las referencias se solicitan a fuentes profesionales, con el consentimiento del candidato.
Contratación pública justa
10.1 Límites de contratación pública
| Valor (anualizado, en euros) | Proceso |
|---|---|
| Menos de 1 000 € | Se acepta una sola oferta; queda documentado en el expediente de la contratación |
| 1 000 € – 10 000 € | Al menos dos presupuestos de proveedores independientes, evaluados según criterios establecidos por escrito |
| Más de 10 000 € | Al menos tres presupuestos; oferta por escrito o equivalente; aprobación del director general |
| Proveedor estratégico (subcontratista; proveedor de IA; colaboración a largo plazo) | Acuerdo de tratamiento de datos (DPA) + diligencia debida según la plantilla del DPA; aprobación del director general; inclusión en la lista pública de subencargados del tratamiento, si procede |
10.2 Diligencia debida del proveedor
Para todos los proveedores que superen el umbral de 10 000 € y todos los proveedores estratégicos, la diligencia debida incluye:
- Verificación de identidad: persona jurídica, titular real, domicilio social
- Verificación de sanciones: cotejo con las listas de sanciones de la UE y de la ONU; cotejo con la lista consolidada que mantiene el Ministerio de Asuntos Exteriores de Dinamarca
- Verificación anticorrupción: cualquier constatación pública previa o sanción por delitos relacionados con la corrupción
- Diligencia debida en materia de protección de datos — según el modelo de la DPA, apéndice B
- Comprobación de conflictos: confirmación de que ningún Class2Class tiene un interés oculto en el proveedor
10.3 Conflictos en la contratación pública
Un representante que tenga un interés o una relación con un proveedor que se esté barajando deberá comunicar dicho conflicto antes de que comience el proceso y abstenerse de participar en la decisión.
Donantes y entidades financiadoras: diligencia debida
Class2Class ayudas económicas y en especie de particulares, fundaciones, organismos públicos y empresas. No aceptamos ayudas que pongan en peligro nuestra independencia, nuestros valores o nuestra postura de tolerancia cero ante la corrupción.
11.1 Principios
- Coherencia con la misión: el objetivo del donante debe ser compatible con la misión Class2Class y con estas directrices
- Independencia: el apoyo de los donantes no garantiza el control editorial sobre nuestros contenidos, nuestras investigaciones, nuestras posiciones políticas ni nuestras decisiones programáticas
- Transparencia: los principales donantes se dan a conocer públicamente en el Informe Anual de Transparencia, siempre que el donante no haya expresado por escrito su deseo de permanecer en el anonimato
- Origen de los fondos: verificación acorde con la cuantía de la donación y la naturaleza del donante
11.2 Diligencia debida de los donantes — por niveles
| Tipo de donante | Diligencia debida |
|---|---|
| Donante particular con una aportación inferior a 1.000 € al año | No se realiza ninguna comprobación formal; la identidad se registra mediante el proceso de gestión de donantes |
| Donante particular: entre 1.000 y 10.000 € al año | Verificación de identidad; búsqueda básica en registros públicos; comprobación de sanciones |
| Donante particular que aporte más de 10 000 € al año, fundación, empresa, organismo público | Verificación de la identidad y del titular real; control de sanciones; control anticorrupción; revisión de la alineación con la misión por parte del director general |
| Donante en un país con alto riesgo de corrupción (cuartil inferior del Índice de Percepción de la Corrupción de Transparencia Internacional) | Lo anterior, además de una explicación por escrito del origen de los fondos y la aprobación del director general y el consejo de administración (o de un asesor independiente) |
11.3 Rechazo y devolución
Class2Class rechazar una donación, o devolver una donación ya recibida, cuando no sea posible verificar la identidad del donante, su titular real o el origen de los fondos; cuando el donante o los fondos estén sujetos a sanciones; cuando la información pública indique un riesgo grave de que la donación proceda de la corrupción, el fraude u otro delito; cuando su aceptación comprometa la independencia Class2Class; o cuando su aceptación genere un conflicto de intereses inmanejable.
11.4 Financiación restringida
Cuando un donante impone una restricción a una donación destinada a un programa concreto, dicha restricción solo se respetará si es compatible con la presente política, así como con el Código de Conducta, la Política de Protección de la Infancia y las Directrices Éticas. No aceptamos restricciones de los donantes que determinen el contenido de los programas de forma que pongan en peligro la protección de la infancia, la veracidad de la información o nuestros valores.
Denuncia de presuntos casos de corrupción
12.1 Canales internos
Canales de comunicación
- Cuestiones generales, incluidas las sospechas de corrupción. Envía un correo electrónico a class2class (lo leerá el responsable de protección de datos y se derivará a quien corresponda).
- Si tiene alguna duda relacionada con el delegado de protección de datos (DPO) u otro miembro del equipo, envíe un correo electrónicoal director general a class2class
- Preocupación relacionada con el director general. Envíe un correo electrónicoal revisor independiente a class2class
- Denuncia anónima: utilizael formulario específico para denuncias anónimas — sin necesidad de registrarse, sin correo electrónico, sin necesidad de facilitar datos personales
12.2 Canales externos
Los canales internos no sustituyen el derecho a informar a una autoridad competente. Los denunciantes pueden, en cualquier momento, informar a:
- El Fiscal General para Delitos Económicos Graves e Internacionales (SØIK / Policía Antifraude) — el Fiscal General danés para Delitos Económicos Graves e Internacionales
- La Policía danesa (politi.dk)
- La Fiscalía Europea (EPPO) cuando están en juego fondos de la UE
- La Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), cuando están en juego fondos de la UE
- La autoridad competente del país en el que se produjo la conducta sospechosa
- La Autoridad de Protección de Datos ([email protected]) cuando se trate de datos personales
- La autoridad nacional independiente designada en el marco de la transposición danesa de la Directiva de la UE sobre los denunciantes
12.3 Prohibición de represalias
Class2Class las represalias contra ninguna persona que denuncie de buena fe un presunto caso de corrupción. Se consideran represalias el despido, la degradación, la exclusión, el acoso, la no renovación del contrato motivada por la denuncia y cualquier perjuicio equivalente. La protección contra las represalias entra en vigor desde el momento en que se presenta la denuncia.
Investigación y respuesta
13.1 Gravedad
| Gravedad | Ejemplos | Respuesta inicial |
|---|---|---|
| Alto | Presunto soborno a un funcionario público; presunta malversación de fondos de donantes; presunto fraude contra un organismo regulador; patrón que sugiere corrupción sistémica | En un plazo de 24 horas: informar al director general y al delegado de protección de datos; conservar las pruebas; considerar la posibilidad de recurrir a un asesor jurídico externo y de remitir el caso a la autoridad competente; suspender cualquier decisión en la que participe la persona sospechosa |
| Medio | Un único caso de conflicto no comunicado; sospecha de favoritismo en una contratación pública; aceptación de un obsequio por un importe superior al límite establecido sin haberlo comunicado | En un plazo de 7 días naturales: iniciar una investigación; entrevistar a las partes afectadas; excluir al sujeto de cualquier decisión en curso |
| Bajo | Infracción de procedimiento sin consecuencias (por ejemplo, no haber registrado una donación por debajo del umbral); error menor en la presentación de informes | En un plazo de 30 días naturales: medidas correctivas; formación sobre medidas correctivas, cuando proceda |
13.2 Metodología de la investigación
Las investigaciones se rigen por la metodología establecida en el artículo 6 del «Procedimiento de gestión de denuncias y protección de denunciantes», con las siguientes adiciones específicas en materia de lucha contra la corrupción:
- Conservación de pruebas: los registros financieros, las comunicaciones, los contratos y los extractos bancarios (dentro del ámbito de aplicación) se conservan sin modificaciones.
- Se recurre a un asesor jurídico externo para cualquier caso de gravedad alta antes de que se informe de la investigación a ninguna de las personas mencionadas en el informe
- Se recurre a apoyo forense externo cuando la complejidad técnica supera la capacidad interna
- Remisión paralela: los casos de gravedad elevada se remiten sin demora a la autoridad competente correspondiente, independientemente del estado de la investigación interna
- No hay encubrimiento interno: el director general no autoriza, y el consejo de administración no acepta, ningún tipo de actuación que oculte dicha conducta a las autoridades competentes
13.3 Sanciones
| Asunto | Posible sanción |
|---|---|
| Empleado | Advertencia verbal o por escrito, recuperación de prestaciones indebidas, suspensión, despido por causa justificada, remisión a la justicia penal |
| Contratista o consultor | Rescisión del contrato, recuperación de prestaciones indebidas, remisión a la justicia penal |
| Voluntario | Destitución del cargo, remisión a la justicia penal |
| Socio o proveedor | Disolución de la sociedad, recuperación de prestaciones indebidas, divulgación pública de la destitución cuando sea legal, remisión a la justicia penal |
| Miembro del consejo de administración | Destitución de conformidad con los estatutos; denuncia ante la justicia penal |
| Director general | Destitución de conformidad con los estatutos, por acuerdo del Consejo de Administración o del responsable de supervisión independiente, a raíz de las conclusiones del revisor independiente |
La recuperación civil y la remisión a la justicia penal no son alternativas a las sanciones internas; se aplican de forma paralela cuando la conducta así lo justifica.
Registros
El responsable de la protección de datos lleva los siguientes registros, todos ellos objeto de revisión en la revisión anual:
Formación y sensibilización
| Público | Módulo | Frecuencia |
|---|---|---|
| Class2Class y los coordinadores nacionales | Módulo 6: Conocimientos básicos sobre IA y conducta ética (Lucha contra la corrupción y conflictos de intereses) | Formación inicial + curso de actualización anual |
| Funciones de compras y finanzas | Formación anual especializada sobre contratación pública, obsequios y diligencia debida con respecto a los donantes | Anual |
| Miembros del consejo | Sesión informativa anual sobre esta política y sobre las obligaciones de notificación de conflictos de intereses | Anual |
| Proveedores y socios | Notificación de esta política al inicio de la relación comercial; incorporación por referencia en el contrato con el proveedor | En el marco de la colaboración y con motivo de la actualización de las políticas |
Revisión y rendición de cuentas
| Función | Responsabilidad |
|---|---|
| Director general (Jørgen Balle Olesen) | Es el máximo responsable de la integridad de Class2Class; aprueba esta política; aprueba el resultado de todos los casos de gravedad alta |
| Delegado de Protección de Datos (Giancarlo Mena) | Es responsable de esta política; lleva los registros; distribuye los informes; colabora en las investigaciones |
| Revisor independiente | Recibe, investiga y resuelve los casos que afectan al director general o que no pueden tramitarse internamente sin que se produzcan conflictos |
| Consejo de Administración (o persona de contacto designada para la supervisión independiente) | Supervisión; recibe el informe de revisión anual y el resumen sobre la lucha contra la corrupción incluido en el Informe Anual de Transparencia |
El responsable de protección de datos (DPO) y el director ejecutivo revisan esta política anualmente. Cualquier cambio sustancial en la legislación aplicable, en la composición de la financiación o en cualquier caso de gravedad alta da lugar a una revisión ad hoc inmediata. La revisión anual se tiene en cuenta en el cuadro de mando de cumplimiento, el informe anual de transparencia y la próxima versión de esta política.
Referencias cruzadas. Documentos relacionados: Directrices éticas, Código de conducta, Política de protección de la infancia, Plantilla de acuerdo de tratamiento de datos y lista de subencargados del tratamiento, Procedimiento de gestión de denuncias y de protección de los denunciantes, Procedimiento de notificación de incidentes de IA (B6), Política de privacidad, ROPA, Procedimiento de respuesta ante violaciones de datos, Términos de referencia del revisor independiente.
Preguntas frecuentes sobre la lucha contra la corrupción.
Estas preguntas ponen de relieve las situaciones cotidianas para las que se ha concebido esta política.
¿En qué consiste un conflicto de intereses en la práctica?
Se entiende por conflicto de intereses cualquier situación en la que los intereses privados de una persona —ya sean económicos, familiares, personales o de otro tipo— puedan influir indebidamente en el desempeño de sus Class2Class , o en la que pueda percibirse razonablemente que lo hacen.
Ejemplos habituales (véase el apartado 7.2): un familiar o amigo cercano trabaja para Class2Class o socio Class2Class , o es propietario de uno de ellos; tienes un interés económico en una entidad que mantiene relaciones comerciales con nosotros; participas en una decisión de contratación que afecta a alguien que conoces; has aceptado un obsequio de una contraparte que supera el límite establecido; mantienes una relación sentimental con otro representante en la que uno de los dos supervisa al otro; o ocupas simultáneamente un cargo en una organización competidora.
Los conflictos en sí mismos no constituyen una conducta indebida. Lo que sí la constituye es no revelarlos.
¿Son aceptables los regalos o las atenciones en algún caso?
Sí: siempre que sean declarados, modestos y poco frecuentes. Si su valor no supera los 50 € por ocasión y no se reciben más de dos veces al año de la misma contraparte, los obsequios pueden aceptarse sin autorización previa, pero deben inscribirse en el registro de obsequios. Por encima de ese límite, se requiere la autorización previa del delegado de protección de datos o del director general.
No se aceptan en ningún caso dinero en efectivo, vales ni tarjetas regalo. Class2Class terminantemente prohibido ofrecer regalos o atenciones a funcionarios públicos en nombre de Class2Class (la única excepción son las atenciones de valor simbólico en el marco de las relaciones habituales con los funcionarios públicos). Los regalos recibidos en el contexto de una decisión Class2Class tomando sobre la persona que los ofrece no se aceptan en ningún caso, independientemente de su valor.
¿Qué tipos de comportamientos están expresamente prohibidos?
Seis categorías, todas ellas prohibidas de forma absoluta, sin umbral de minimis y sin excepción por motivos comerciales:
Soborno (incluidos los pagos de facilitación, independientemente de las costumbres locales). Fraude y malversación (declaraciones de gastos falsas, falsificación de cualificaciones, informes falsificados, apropiación indebida). Extorsión (exigir cualquier beneficio mediante amenazas o coacción). Favoritismo, nepotismo y conflictos de intereses no revelados (adjudicar trabajos basándose en relaciones personales en lugar de en los méritos). Abuso de cargo (utilizar Class2Class , activos o relaciones Class2Class para obtener beneficios personales). Represalias contra quien denuncia —lo cual constituye en sí mismo una infracción grave y motivo de despido—.
En la sección 6 se encuentra la lista completa.
¿Qué debe hacer una persona si sospecha que hay corrupción?
Denúncialo. No hace falta que estés seguro de nada, solo que seas sincero. Las denuncias presentadas de buena fe se toman en serio, se tratan de forma confidencial y se protegen frente a cualquier tipo de represalia.
Canales internos (apartado 12.1):
General — class2class
Preocupación sobre un miembro del equipo en la cadena de mando — Director general en class2class
Preocupación sobre el director general — Revisor independiente en class2class
Anónimo — el formulario específico para denuncias anónimas
También se puede recurrir a canales externos sin pasar primero por los canales internos, entre ellos la SØIK (Fiscalía danesa para los delitos económicos graves y la delincuencia internacional), la Policía danesa, la Fiscalía Europea (EPPO) y la OLAF cuando se trate de fondos de la UE, la Autoridad de Protección de Datos (Datatilsynet) cuando se trate de datos personales, y la autoridad nacional independiente encargada de la protección de los denunciantes.
¿ Class2Class dinero de cualquier persona?
No. En el apartado 11.3 se enumeran los motivos por los que Class2Class o devuelve las donaciones: imposibilidad de verificar la identidad, el titular real o el origen de los fondos; donante o fondos sujetos a sanciones; riesgo grave de que la donación proceda de la corrupción, el fraude u otro delito; la aceptación comprometería nuestra independencia; o la aceptación generaría un conflicto de intereses inmanejable.
Para los donantes que aporten más de 10 000 € al año y para todas las fundaciones, empresas y organismos públicos, la diligencia debida incluye la verificación de la identidad y de los beneficiarios finales, la comprobación de sanciones, la evaluación anticorrupción y la revisión de la alineación con la misión por parte del director general (véase el apartado 11.2). Los donantes de países con alto riesgo de corrupción (cuartil inferior del Índice de Percepción de la Corrupción de Transparency International) pasan a un nivel superior, lo que requiere una explicación por escrito del origen de los fondos y la aprobación del director ejecutivo y del consejo de administración.
¿Y si un donante quiere decidir cómo utilizamos el dinero?
Solo se aceptarán fondos sujetos a restricciones cuando estas sean compatibles con la presente política y con nuestro Código de Conducta, la Política de Protección de la Infancia y las Directrices Éticas. No aceptamos restricciones impuestas por los donantes que orienten el contenido de los programas de forma que pongan en peligro la protección de la infancia, la veracidad de la información o nuestros valores (apartado 11.4).
¿En qué consiste el proceso de contratación?
Clasificados por valor anualizado (apartado 10.1):
Menos de 1 000 €: se acepta un único presupuesto, que deberá constar en el registro de compras.
Entre 1 000 € y 10 000 €: al menos dos presupuestos de proveedores independientes, evaluados según criterios escritos.
Más de 10 000 €: al menos tres presupuestos, licitación por escrito o equivalente, y aprobación del director general.
Proveedores estratégicos (subencargados del tratamiento, proveedores de IA, colaboraciones a largo plazo): DPA + diligencia debida según la plantilla de DPA, aprobación del director general e inclusión en la lista pública de subencargados del tratamiento, cuando proceda.
Los proveedores cuyos contratos superen los 10 000 € y todos los proveedores estratégicos también son sometidos a un proceso de diligencia debida: verificación de identidad, control de sanciones, control anticorrupción, diligencia debida en materia de protección de datos y verificación de conflictos de intereses (apartado 10.2).
¿Cuáles son las consecuencias de una resolución que confirme la existencia de corrupción?
Las sanciones serán proporcionales a los hechos constatados y podrán incluir amonestaciones, la recuperación de las prestaciones indebidamente percibidas, la suspensión, el despido, la rescisión de la sociedad, la divulgación pública de la destitución cuando sea legal, y la remisión a la justicia penal. La recuperación civil y la remisión a la justicia penal se llevarán a cabo de forma paralela a las sanciones internas cuando la conducta así lo justifique.
En el caso del director general, la destitución se lleva a cabo de conformidad con los estatutos, por acuerdo del Consejo de Administración o del órgano de supervisión independiente, a la luz de las conclusiones del revisor independiente. En el artículo 13.3 figura la matriz completa de sanciones.
¿Tienes alguna duda sobre un tema de cumplimiento normativo?
Las denuncias presentadas de buena fe se toman en serio, se tratan de forma confidencial y se protegen contra posibles represalias. No es necesario tener la certeza absoluta para plantear una inquietud, basta con ser sincero. También puede presentar una denuncia directamente ante la SØIK, la EPPO, la OLAF, la Autoridad de Protección de Datos o su autoridad nacional.
- Preocupación generalclass2class
- Delegado de Protección de DatosGiancarlo Mena —class2class
- Preocupación por un miembro del equipoDirector general Jørgen Balle Olesen —class2class
- Preocupación por el director generalRevisor independiente — class2class
- Autoridad externaSØIK / EPPO / OLAF / Datatilsynet
¿Un donante, socio o auditor que evalúa nuestra postura anticorrupción?
El responsable de protección de datos (DPO) lleva los registros de conflictos de intereses, donaciones, contratación pública, diligencia debida de los donantes y casos (artículo 14). Se pueden solicitar: los propios registros (anonimizados cuando proceda), la ficha de cumplimiento, el informe anual de transparencia y la plantilla del acuerdo de protección de datos (DPA) que incorpora esta política.
Enviar un correo electrónico al delegado de protección de datosPolítica anticorrupción v.1.0 · En vigor desde el 30 de abril de 2026 · Próxima revisión: 30 de abril de 2027
Titular: DPO Giancarlo Mena · Coautor y responsable de la aprobación: CEO Jørgen Balle Olesen